La fragilidad de la autonomía constitucional

Yurisha Andrade Morales*

La transición democrática que logramos en los últimos 35 años se concretó por la vía de las negociaciones de actores políticos de todos los partidos para establecer acuerdos en lo fundamental, como fue la construcción de diversas instituciones constitucionalmente autónomas que asumieron la responsabilidad de cumplir tareas específicas que requerían imparcialidad, profesionalismo y una clara separación e independencia frente a los gobiernos en turno y con los propios partidos. De esos acuerdos surgieron el IFE-INE y los actuales OPL, las comisiones de derechos humanos, los desaparecidos organismos de transparencia y muchos otros.

​La autonomía supuso atribuciones para que dichos organismos, a partir de ciertos principios, reglas constitucionales y legales, acordaran sus normas de funcionamiento y tuvieran recursos presupuestales propios para la implementación de sus tareas. En el caso de los organismos electorales, el legislador determinó que su presupuesto sería acordado por los órganos de dirección internos y enviado al Poder Ejecutivo para que éste, en el caso federal, lo agregara al Proyecto de Egresos de la Federación y se remitiera a la Cámara de las Diputaciones. En el ámbito estatal el procedimiento es similar y se aprueba por los congresos locales.

​La reciente aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2026 demostró la fragilidad del principio de autonomía constitucional: por vez primera, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al recibir e integrar el proyecto de presupuesto del INE decidió, antes de enviarlo a la Cámara de las y los Diputados, reducir más de tres mil millones de pesos. Es la primera vez que el procedimiento se altera, que se aplican disminuciones por decisión de una instancia del gobierno que carece de atribuciones para ello y no por la Cámara de las Diputaciones como se encuentra establecido en la legislación constitucional y legal.

​Es la primera ocasión que una instancia de gobierno se arroga facultades para disminuir los montos presupuestales de esa institución en un escenario que no se había experimentado en el pasado inmediato. En consecuencia, el INE fue sometido a dos recortes presupuestales: el primero, por el Poder Ejecutivo que, sin atribuciones para ello, determinó que el presupuesto solicitado por el INE debía tener una reducción de 3 mil 119 millones de pesos, con lo cual no solo se vulneran las normas que regulan esta materia, sino que también se inobservó el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establecido en la sentencia sobre la controversia constitucional 203 del 2020, en la que se menciona que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: funge únicamente como conducto en el proceso presupuestario, sin facultades para alterar el monto o la estructura aprobada por los entes autónomos”El segundo recorte ocurrió cuando se discutió el Presupuesto de Egresos de la Federación en la Cámara de las Diputaciones y se aplicó una disminución adicional de mil millones de pesos.

​El hecho no es menor, porque más allá del incumplimiento de procedimientos legales específicos, se trata de una vulneración a la autonomía constitucional que aún tiene el INE y sienta un precedente inadecuado para la determinación presupuestal de los demás órganos constitucionales autónomos, federales y locales. Son muchos los casos documentados de reducción presupuestal, tanto para el INE como para los OPL que, por un lado, ven disminuidos los recursos de los que disponen para ejecutar sus programas y, por el otro, se incrementan las atribuciones y responsabilidades que deben cumplir.

​Normalizar disminuciones presupuestales a las instituciones electorales, como ha ocurrido de diversas formas en los últimos once años, lastima su autonomía constitucional y también el ejercicio democrático de los derechos político-electorales de la ciudadanía. Ejemplos podrían citarse muchos, pero quizá el que mejor ejemplifica esta afirmación está en la reciente organización de las primeras elecciones judiciales, para las que solo se instaló la mitad de las casillas por recortes presupuestales. El tema merece una reflexión constructiva y racional de las instancias que revisan los presupuestos destinados a la organización de los procesos electorales y de los mecanismos de participación ciudadana directa. En buena medida, de ello depende la calidad de nuestra democracia.

Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

@YurishaAndrade