
Día de las personas juzgadoras
Yurisha Andrade Morales*
Conmemorar el día de las personas juzgadoras nos recuerda una de las tradiciones republicanas nacida con la nación mexicana. Fue el 7 de marzo de 1815, cuando Don José María Morelos y Pavón, héroe nacional, orgullosamente michoacano, instaló en el Municipio de Ario, el Supremo Tribunal de Justicia de la América Mexicana, cuyo origen está en el Capítulo XIV, de la Constitución de Apatzingán del 21 de octubre de 1814. Ese Tribunal se reconoce, desde entonces, como la institución más emblemática del continente diseñada para la administración de justicia y para salvaguardar el Estado de Derecho.
La trascendencia del Tribunal y la importancia de sus integrantes quedó de manifiesto en la redacción del Artículo 185 del texto constitucional que, por su relevancia histórica, debemos recordar: “Tendrá́ este Tribunal el tratamiento de Alteza, sus individuos de Excelencia durante su comisión, y los fiscales y secretarios el de Señoría, mientras permanezcan en su ejercicio”. Trascurridos 210 años después de estos acontecimientos, los poderes judiciales mexicanos, en el ámbito federal y de las entidades federativas, se encuentran en una etapa de profunda transformación, cuyo principal cambio radica en la elección popular de las personas juzgadoras que son festejadas el 7 de marzo.
La celebración de esta fecha propicia una serie de reflexiones sobre la implementación de acciones orientadas a establecer la paridad entre hombres y mujeres en la ocupación de las plazas. Los datos hablan por sí solos. Así, conforme con el boletín de prensa 47/25 publicado por el INEGI el pasado 5 de marzo, sabemos que, al cierre de 2023, había 6 mil 730 personas juzgadoras en México, lo que representó una tasa de 5.1 personas juzgadoras por cada 100 mil habitantes. De éstas, son mujeres solo 3 de cada 10 personas juzgadoras del ámbito federal y 4 de cada 10 del ámbito estatal, proporción que, sin duda, se modificará con las elecciones judiciales de este año y las de 2027 que se rigen por el principio de paridad en la postulación de las candidaturas.
Al revisar la distribución por ámbito territorial, los datos estadísticos del INEGI indican que, a nivel federal, “se registraron 1,632 personas juzgadoras al cierre de 2023, de las cuales 29.4% fueron mujeres. En el ámbito estatal, de las 5,098 personas juzgadoras, 44.1% fueron mujeres y 55.9%, hombres. Entre 2010 y 2023, hubo un aumento en el porcentaje de la participación de las mujeres como personas juzgadoras, tanto en los tribunales federales como estatales”, pero sin cumplirse la reciente regla constitucional que obliga a la paridad en todo.
Para dimensionar el trabajo de las personas juzgadoras a través de los tribunales a los que pertenecen, el INEGI informa que los órganos jurisdiccionales de primera instancia, en el ámbito de las entidades federativas, recibieron un total de 2 millones 281 mil 806 asuntos durante 2023, de los cuales, el 43.9% correspondió a las materias civil y mercantil, además de que, en 2024, el 60.5% de las personas de 18 años o más que identifica a personas juzgadoras declaró que su actuación “les inspira confianza”.
Conmemorar el “Día de las Personas Juzgadoras” nos permite recordar hechos fundamentales de nuestra historia, pero también que la justicia debe administrarse sin sesgos, con imparcialidad y con apego a los mandatos de la ley que fueron elevados a la Carta Magna desde las deliberaciones del Congreso de Anáhuac en la Constitución de Apatzingán, también conocida como Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, que ya reconoce principios fundamentales que le dieron fisonomía al Estado mexicano, como la división de poderes, la libertad de todas las personas y la igualdad de las mismas.
La figura de los jueces y juezas mexicanas materializada en los Sentimientos de la Nación y su actuación representa la esperanza de las personas que plantean la defensa de sus derechos y el acceso a una justicia pronta, expedita e igual para todos. También es un hecho que las personas juzgadoras, con la especialización por materias que ahora tenemos, debemos ceñir nuestro comportamiento a los mismos principios que nos dieron origen, porque los y las juzgadoras somos neutrales por naturaleza; no representamos a un segmento de la sociedad, sino que aplicamos la ley a casos concretos; en tanto, la sociedades en su conjunto, deben tener presente que la actividad de los jueces y, sobre todo, su independencia, exige la independencia de la institución en la que se desenvuelve, solo así será posible el fortalecimiento de nuestra democracia.
* Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán
@YurishaAndrade