Derecho a la salud
Yurisha Andrade Morales*
Diversos movimientos sociales generaron que se plasmaran en textos jurídicos de gran relevancia normas orientadas a la defensa y protección de los derechos humanos. Fue la constitución mexicana de 1917 donde se reconocieron por primera vez en el mundo derechos sociales, como los relativos a la seguridad social y a la protección de la salud y se crearon instituciones para garantizarlos que hoy nos benefician.
La reforma constitucional de 2011 sustituyó la noción de garantías individuales e introdujo el concepto de derechos humanos incluido en muchas constituciones de otros países y estableció los mecanismos para su protección con la finalidad de garantizar una vida digna para todas las personas y la obligación del Estado de proveer las condiciones indispensables para gozar de ellos.
En nuestro ámbito, existen dos sistemas protectores de derechos humanos: el sistema de control constitucional jurisdiccional y el sistema de control constitucional no jurisdiccional. En los primeros, los tribunales al resolver los asuntos emiten sentencias obligatorias que establecen medidas de protección y garantía de estos derechos. En los segundos, las comisiones, en tanto órganos administrativos de protección de los derechos humanos, no resuelven el fondo de los asuntos, solo de las presuntas violaciones a los derechos humanos emitiendo acuerdos de no responsabilidad o recomendaciones públicas no vinculantes, es un sistema sin formalismos jurídicos y de fácil acceso, su fuerza es moral y social.
El derecho a la salud ha sido reconocido en diversos instrumentos internacionales, regionales y nacionales, ejemplo de ello es la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. A la vez, nuestro país cuenta con 82 Normas Oficiales Mexicanas (NOM) referentes a la prevención, prestación y trato adecuado a los usuarios del servicio público de salud.
Este derecho atiende una necesidad básica de los seres humanos que se encuentra vinculado a otros derechos como la vida, alimentación, vivienda, trabajo, igualdad y no discriminación. Este último se refleja constantemente en la atención o acceso a los servicios de salud en los grupos en situación de vulnerabilidad.
Tanto el personal de salud como los pacientes tienen derechos y deberes. Los médicos tienen derecho a ejercer la profesión libremente, a contar con los recursos necesarios, instalaciones apropiadas y seguras, a recibir trato digno y respetuoso, así como a percibir una remuneración decorosa. A la vez, deben conducirse con ética médica y brindar una atención adecuada y responsable.
Por su parte los pacientes tienen derecho a recibir atención médica igualitaria, adecuada y de calidad, trato digno y respetuoso, información completa y que sus datos sean tratados con confidencialidad. De igual manera, deben respetar las normas hospitalarias y al personal médico,
Sobre estos temas, la CNDH ha emitido diversas recomendaciones en materia de salud, entre las violaciones más recurrentes detectadas por este organismo se encuentran la inadecuada atención médica, falta de accesibilidad y calidad a este servicio, falta de personal médico y de infraestructura y recursos materiales, discriminación e incumplimiento de las normas oficiales mexicanas.
Considero que la atención a la salud de alta calidad constituye un reto, por lo que las autoridades requieren hacer un gran esfuerzo para atender a las necesidades de la población. Las recientes demandas a los servicios de salud generadas por la pandemia del Covid-19, deben ser garantizadas y satisfechas por el Estado mexicano.
Para gozar del derecho a la salud, es obligación del Estado garantizar que existan suficientes centros de atención y servicios públicos de salud que reúnan las condiciones adecuadas, de buena calidad y que sean accesibles a todas las personas, sobre todo a los grupos en situación de vulnerabilidad y que este servicio sea gratuito o de costo accesible.
Se debe considerar dotar de una partida presupuestal suficiente al sector salud, brindar capacitación permanente al personal, generar una cultura de los derechos humanos, políticas, programas y planes de acción sanitarios para que todos tengan acceso a servicios y medicamento de calidad a la brevedad posible. Es un reto al que debe hacerse frente.
El 23% de las personas contagiadas son personal médico, de los cuales el 41% es de enfermería, 37% médicos, 19% profesionistas de la salud, 2% laboratoristas y 1% dentistas, ya que se encuentran en la primera línea de contagio. El trabajo diario de estos servidores y héroes de la salud refleja un gran compromiso con la sociedad, por ello, manifiesto mi reconocimiento al personal médico, de enfermería, paramédicos, camilleros, personal administrativo y de intendencia que labora en los centros de salud y hospitales.
Todos tenemos algún familiar médico o persona que conocemos inmersa en esta batalla cotidiana. Debemos mostrarles nuestra gratitud por su invaluable labor durante esta emergencia sanitaria. Es necesario mostrar nuestra solidaridad, respeto y solidaridad a todos ellos y a todas ellas.
* Magistrada del Tribunal Electoral
del Estado de Michoacán
@YurishaAndrade