Para resolver las controversias judiciales y dirimir las diferencias político-electorales, el diputado local Antonio Soto Sánchez propuso una reforma constitucional para que se implemente el sistema de justicia oral, al interior de las sesiones públicas en el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, en las distintas etapas procesales en cada recurso o juicio electoral, respetando los principios del debido proceso, garantía de audiencia y valoración de las pruebas, en apego a la verdad, la razón y el derecho.
Al hacer uso de la máxima tribuna del estado, el diputado integrante de la Comisión de Gobernación y del Grupo Parlamentario del PRD en la LXXIV Legislatura Local, expuso que en materia de justicia electoral, aún quedan pendientes que se deben corregir, como el hecho de que los actores, terceros interesados y autoridades responsables, entre otros, cuenten con el derecho de ser escuchados y en todo caso, vencer o ser vencidos, en juicios presenciales ante el TEEM Tribunal, en forma oral.
Refirió que esta reforma es necesaria para que en los juicios se pueda dilucidar con transparencia, sin ninguna presunción de corrupción, evitando la precariedad de los procedimientos escritos, por lo que la implementación de los Juicios Orales, serán más apegados a la verdad, a la razón y al derecho, respetando indubitablemente los principios del debido proceso, garantía de audiencia, valoración de las pruebas y la emisión de sentencias más claras, justas y con plena transparencia.
Antonio Soto hizo mención que desde la reforma electoral de 1996, México cuenta con un sistema de justicia electoral federal, que en definitiva otorga certeza y confianza en las elecciones, tanto federales como locales, al establecer medios de impugnación en la materia, que permite que órganos jurisdiccionales, imparciales, revisen las distintas etapas de los procesos electorales, desde la preparatoria hasta la validez de cada una de ellas.
“Los resultados judiciales en la práctica, tras el transcurso de los años, han otorgado estabilidad y gobernabilidad, a las autoridades electas, desde la instalación y posesión de sus cargos, hasta su conclusión, en la gran mayoría de los casos”.
Resaltó la importancia de que proceda dicha reforma a la Constitución Política del Estado de Michoacán, al referir que el profesionalismo en el contenido de las sentencias, los tribunales electorales se han ganado credibilidad de la ciudadanía, sometiendo y cumpliendo a lo ordenado en ellas, por lo que es necesario fortalecerlos desde la norma.
“Mucho se ha discutido, si es necesario o no, el contar con órganos jurisdiccionales locales, como el caso, del TEEM, ya que como sabemos, es un tribunal local, en las que sus resoluciones pueden ser recurridas y revisadas, ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, consideramos que sí es importante su permanencia, por varios factores, primero, porque le otorga autonomía al Estado de Michoacán, al contar con un órgano propio, en respeto a su soberanía”.
Aunado a ello, agregó, que es vital ya que los integrantes del pleno del Tribunal Electoral Michoacán -por su origen-, conocen a los actores que intervienen en las elecciones locales, además de que el procedimiento de justicia electoral diseñado en la ley, permite que cualquier etapa del proceso electoral, inmediatamente pueda ser conocida y por lo tanto impugnada por las partes, al contar con autoridades responsables de las elecciones, instaladas de manera muy cercana a ellos, entro otros factores adicionales.