Quién debe designar al nuevo titular de la SRE, tras la renuncia de Marcelo Ebrard.

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El canciller renunció a la Secretaria de Relaciones Exteriores, dependencia para la cual fue nombrado desde el inicio del sexenio de López Obrador.

El secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubón, se adelantó a todas las corcholatas de Morena y anunció su renuncia a la dependencia para buscar la candidatura de Morena a la Presidencia de la República rumbo a 2024, sin embargo, la duda ante esta decisión radica en torno a quién corresponde designar a su sustituto.

Marcelo Ebrard fue nombrado por el presidente Andrés Manuel López Obrador para ocupar el cargo desde el inicio de su sexenio, aunque no fue el primer personaje considerado para ello.

Previamente el nombramiento fue para Héctor Vasconcelos, quien fue nombrado para ocupar la presidencia de la Comisión de Relaciones Exteriores en el Senado de la República.

En ese momento, el entonces presidente electo, habló sobre la traductor de Marcelo Ebrard y aseguró que bajo su cargo, la Secretaría de Relaciones Exteriores debería cuidar los vínculos con los países de América y con los gobiernos de Estados Unidos y Canadá, pues en aquel entonces estaba en proceso de renegociación el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

El nombramiento que el presidente de la República realice para la Secretaría de Relaciones Exteriores debe ser ratificado por el Senado de la República, de conformidad con la reforma a la Constitución aprobada en el año 2014 en materia político-electoral.

En ella, se estableció que de conformidad con el artículo 76 constitucional, el Senado debe ratificar el nombramiento del Ejecutivo Federal.

Corresponde precisamente a la Comisión de Relaciones Exteriores elaborar el dictamen correspondiente en un plazo no mayor a 10 días naturales, esto luego de verificar que el expediente que el fue enviado acredite con los requisitos que establece la Constitución para ocupar el cargo.

El articulo 91 de la Constitución señala que para ser secretario de Estado no se necesitan otros requisiutos más que ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en ejercicio de sus derechos. También se considera, de acuerdo con la más reciente reforma que el Congreso de a Unión aprobó, tener al menos 25 años cumplidos al día en que se realizó el nombramiento.