El Congreso de la Ciudad de México aprobó con 49 votos a favor, 6 en contra y 9 abstenciones las modificaciones a las leyes de Turismo, Vivienda y Reconstrucción que establecen no se renovará el registro a los inmuebles de alojamiento temporal por aplicación que haya tenido una ocupación superior al 50% de las noches del año.
La reforma regula el servicio de estancia turística eventual ofertada a través de plataformas digitales como Airbnb o Booking.com en la capital del país. Adiciona un cuarto párrafo al artículo 61 Sexies de la Ley de Turismos de la Ciudad de México.
Dicha reforma enviada por el jefe de Gobierno de la CDMX, Matí Batres, busca equilibrar la competencia entre alojamientos turísticos de corta estancia y los hoteles tradicionales.
🚨 CDMX pone tope al hospedaje tipo #Airbnb
— Manuel Lopez San Martin (@MLopezSanMartin) October 3, 2024
Ningún propietario podrá rentar su inmueble por más del 50% de las noches del año
Si se pasan, tendrán que esperar un año para renovar su registro en el padrón oficial pic.twitter.com/WOdxPisC1J
Batres estableció que quienes se dedican al hospedaje de manera profesional tienen cierta incertidumbre, ya que podría generar una competencia desigual con aquellos que se dedican al hospedaje de corta estancia.
El dictamen establece en la Ley de Turismo un “tope” al hospedaje mediante plataformas, es decir, una restricción respecto del porcentaje de hospedaje anual permitido, puesto que quienes dedican al hospedaje profesional tienen una competencia desigual frente a las plataformas.