Poder Judicial de Michoacán capacita en oralidad penal a integrantes del Instituto de la Defensoría Pública

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Morelia, Michoacán, 2 de agosto de 2022. Como parte de un convenio de colaboración
en materia de capacitación y actualización entre el Poder Judicial de Michoacán y el
Instituto de la Defensoría Pública –firmado en febrero de 2019- el Instituto de la
Judicatura imparte un programa académico sobre temas relacionados con el sistema de
justicia penal acusatorio y oral, así como de las materias civil, familiar y mercantil a
defensores públicos del estado.
La finalidad de la colaboración es fortalecer los servicios que, desde el ámbito de sus
competencias, cada institución brinda a la ciudadanía; por lo anterior, juezas y jueces
del Poder Judicial actualmente desarrollan el módulo de oralidad penal que incluye 60
horas con temas como Actos de investigación, Detención y retención, Técnicas de
litigación, Exclusión de la prueba.
Las más de 110 personas que se conectan de manera virtual previamente cursaron 30
horas de capacitación en la materia civil con temas como Reivindicación, Prescripción y
Acción plenaria de posesión; y de materia familiar tópicos como Disolución del
matrimonio, Formalidades del juicio ordinario oral, Ofrecimiento de la prueba pericial en
psicología y Obligaciones entre ex cónyuges.
Las y los defensores públicos del estado también recibirán por parte de juzgadores del
Poder Judicial de Michoacán una capacitación enfocada a la justicia para adolescentes,
donde se abordarán temas como El sistema de justicia especial para dicho grupo
poblacional; Mecanismos alternos de solución de controversias previstos en la Ley
Nacional en la materia; y Derechos de las mujeres adolescentes y adultas privadas de
la libertad, embarazo, maternidad y protección para sus hijos e hijas.
Cabe señalar que como lo establece la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Instituto de la
Judicatura tiene la tarea de capacitar, especializar, actualizar y formar de manera
continua a las y los funcionarios públicos, sin embargo, dicha atribución puede
extenderse a aquellos operadores jurídicos externos que así lo soliciten, con la previa
valoración y autorización del Consejo.