EL DERECHO A LA CIUDAD
Pasos hacia la Sustentabilidad Urbana
Por Salvador García Espinosa.- Hoy en día vivimos en un mundo urbano, 6 de cada 10 personas que habitan en el planeta residen en una ciudad, por esta razón, los esfuerzos de organismos mundiales están enfocados a la generación de acuerdos que permitan generar revertir los efectos negativos del modelo de desarrollo seguido hasta el momento, en donde las necesidad de cubrir las demandas de los habitantes de una ciudad, compromete los recursos naturales ya no sólo de su entorno inmediato, sino incluso de territorios geográficamente distantes. De esta manera, debemos entender que el desarrollo sustentable busca promover una armonía entre los seres humanos, y entre éstos y la naturaleza. De ahí que para efectos analíticos se puedan diferenciar al menos cuatro elementos que lo conforman: lo económico, lo ambiental, la equidad y responsabilidad, así como la eficiencia de las instituciones públicas, pues en buena medida, estas últimas administran el territorio de las ciudades.
Así las cosas, el concepto de sustentabilidad urbana debe ser entendido como un estado de equilibrio entre las dimensiones social, económica y ambiental en el espacio de la ciudad.
El 80% de la mancha urbana de casi todas las ciudades esta conformado con uso habitacional en sus diferentes modalidades. Pero cada que se construye un desarrollo habitacional, sus nuevos inquilinos aumentan la demanda de servicios básicos como agua potable, energía eléctrica, drenaje, recolección de residuos sólidos, así como las demanda de equipamientos educativos, de salud, culturales, entre otros, además de transporte público y vialidades.
¿Cómo se busca el equilibrio de la ciudad?
La principal estrategia que tiene el Gobierno, para la búsqueda del equilibrio señalado entre mancha urbana y equipamiento, se encuentra en la normatividad urbana, para el caso de Michoacán, concretamente en el Código de Desarrollo Urbano, se contempla que cualquier desarrollo tendrá áreas de donación, definidas en el propio Código como: “La superficie de terreno que el fraccionador transmite a título gratuito al Ayuntamiento, destinada para el equipamiento urbano del predio o zona donde se ubique”.
La relevancia de las donaciones es tal, que toda una sección de Código se destina a este tema y en su Artículo 329, se establece con toda claridad que “En los fraccionamientos habitacionales urbanos… el tres por ciento del área total del desarrollo para el Gobierno del Estado y el cinco por ciento del área total para el Ayuntamiento, para establecer única y exclusivamente obras o instalaciones para equipamiento urbano y un cinco por ciento del área total del desarrollo como área verde a favor del Ayuntamiento”. Se diferencia claramente entre la superficie que puede ser destinada al equipamiento, como es el caso de escuelas, oficinas, templos, pozos, casetas de vigilancia, estaciones de bomberos, etcétera y aquellos predios que serán de uso exclusivo como áreas verdes.
Desafortunadamente, este mecanismo, ha sido mal aprovechado por algunas administraciones municipales, que lejos de aprovechar los predios de donación para el fin del equipamiento, vendieron estas propiedades municipales producto de donación y con ello cancelaron la posibilidad de mantener un equilibrio entre el crecimiento de la mancha urbana y los equipamientos necesarios.
Hoy por fortuna, la transparencia en los procesos administrativos y el acceso a la información hacen menos posible estas situaciones de ventas. Pero también, no tiene argumentos para ubicar equipamientos urbanos fuera de las áreas de donación establecidas para tal fin y menos en detrimento de áreas verdes. Por el contrario, los modelos de desarrollo urbano actuales, revaloran la presencia de áreas verdes en la ciudad, pues constituyen un indicador de calidad de vida, indispensable en términos de la competitividad urbana a la que están sometidas todos los asentamientos urbanos.
Pasos hacia la sustentabilidad.
La actual administración municipal, tiene la gran oportunidad de revalorar la presencia dentro de la mancha urbana, del área verde de Santa María, cuya extensión (15 Has) y su valor paisajístico, vendrían a contribuir de forma decidida a la sustentabilidad de Morelia. Sólo son necesarios tres acciones que están al alcance de la autoridad municipal.
- Reubicar el proyecto de construcción de la estación de bomberos del sur de la ciudad, a un predio que haya sido donado para efectos del equipamiento.
- Ampliar el área verdes sobre el predio donde se pretende construir actualmente la estación de bomberos.
- Revisar los contratos de compra-venta que se han dado en la zona, para revertirlos en caso de encontrar irregularidades por el daño a la propiedad municipal que inicialmente fue.
- Aplicar a los predios existentes, las facultades constitucionales que tiene el Ayuntamiento, para prohibir cualquier permiso de construcción o uso de suelo distinto al de área verde.
Recompensa
Se considera, que con estas acciones se daría un paso significativo hacia la sustentabilidad de la ciudad, se marcaría un precedente sobre la conservación de áreas verdes, se frenaría la inminente especulación que existe sobre la zona, pues actualmente se encuentran en venta algunas fracciones de esta zona y sobre todo, se podría construir la Estación de Bomberos para el Sur de Morelia, en condiciones que le garanticen una mayor funcionalidad y que una obra tan necesaria, no venga a propiciar mayor congestionamiento vial en uno de los principales accesos a la Tenencia de Santa María.