Con 424 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que adiciona la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que, como parte de la protección dictada por la autoridad, no sólo se exija al agresor la desocupación del domicilio que cohabita con la víctima, sino también se garanticen las obligaciones contractuales respecto a la propiedad.
El documento que adiciona la fracción VII del artículo 34 Quáter y una fracción VIII al artículo 46 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, busca imposibilitar la venta o renta de los bienes comunes que estén en sociedad conyugal.
Con el agregado, en la orden jurisdiccional de desocupación por la persona agresora, del domicilio conyugal o de pareja, deberá hacerse del conocimiento del agresor que se abstenga de realizar actos tendientes a enajenar bienes comunes que estén en sociedad conyugal, incluyendo el menaje del hogar conyugal, de conformidad con lo señalado en los Códigos Civiles vigentes de las entidades federativas donde se implementen.
Asimismo, se solicitará una fianza para garantizar que no realizará mal uso de los bienes en común de los cuales él tenga la posesión.
El dictamen expone que corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), fomentar y facilitar el acceso a las mujeres víctimas de violencia a programas o créditos accesibles para la adquisición o mejoramiento de la vivienda.
Impedir el chantaje a las víctimas
La promovente de la iniciativa, diputada Itzel Josefina Balderas Hernández (PAN) expresó que el objetivo es impedir que los violentadores utilicen la casa o bienes patrimoniales como medio para chantajear a las víctimas, y también promover, a través de Sedatu, facilidades para que las víctimas de violencia adquieran o mejoren su vivienda.
Relató que actualmente las órdenes de protección emitidas por un juez o una jueza permiten frenar la conducta violenta hacia la mujer, porque la desocupación del domicilio conyugal por parte del agresor resulta insuficiente.
Lo anterior, explicó, ya que los violentadores después de abandonar el domicilio conyugal, “ponen en venta o venden los bienes, incluyendo el menaje del hogar, con la intención de que las víctimas se sientan atadas a sus agresores por miedo a perder su vivienda o patrimonio”.
Subrayó que existe una deuda histórica con las mujeres en México y con este dictamen se sana una mínima parte de las injusticias que viven. “Tenemos mucho trabajo. Hay mucho por legislar en favor de la mujer. Estamos obligadas y obligados a garantizar a las mujeres mexicanas el acceso a la justicia”.