Morelia, Michoacán, 28 de octubre de 2022. Como lo dicta el propio Código Nacional de Procedimientos Penales en sus diversos apartados, las juezas y jueces de oralidad penal del Poder Judicial Michoacán actúan con imparcialidad, generan las condiciones necesarias para el correcto desarrollo de las audiencias y garantizan el respeto a los derechos humanos de las partes en las diferentes etapas que integran un proceso penal.
Lo anterior, en todos los asuntos sometidos a su consideración. Por tratarse de un caso de interés público, se emite la siguiente información referente al desarrollo del juicio oral derivado de la causa penal 1404/2020 de la Región Morelia, seguida al acusado Diego U.M.M. por el delito de feminicidio de Jessica G.V.
Desde la judicialización del caso, el área de Gestión del sistema de justicia penal acusatorio adversarial oral ha realizado lo conducente en los tiempos que señala el propio Código Nacional, tanto para la calendarización y programación de audiencias, como para ampliar la duración de cada sesión.
Asimismo, el principio de publicidad que implica la presencia en las salas de oralidad de medios de comunicación y ciudadanía interesada, hace posible la observancia directa del actuar tanto de los jueces, como de los servidores públicos de las instituciones involucradas, de la propia defensa y otros participantes.
En específico, se han agendado 16 sesiones de audiencia, 14 de las cuales se han desarrollado y 2 no fueron efectivas debido a que la defensa no compareció, por lo que el juez de la causa impuso las multas correspondientes y dio vista a la Fiscalía General del Estado por abandono de la defensa, dado que en Michoacán esto es constitutivo de delito.
En esta etapa de debate de juicio, hasta el momento se han producido 66 horas de debate; se ha desahogado el testimonio de 35 personas, incorporando la prueba documental y material que a cada una de ellas corresponde, y quedan por comparecer 42 testigos.
El Poder Judicial de Michoacán reitera el compromiso con la sociedad de que los jueces y juezas se conduzcan en todo momento con profesionalismo, con sujeción a la ley, con autonomía e imparcialidad.