Observación electoral ciudadana

Yurisha Andrade Morales*

La observación electoral se institucionalizó con la reforma electoral de 1993 cuando se agregó el párrafo 3 del artículo 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, mismo que consagró el derecho de ciudadanas y ciudadanos para vigilar los actos de la jornada de votación y la realización de los escrutinios y cómputos de los sufragios en las mesas directivas de casillas. Elentonces Instituto Federal Electoral, mediante el histórico acuerdo del 28 de febrero de 1994 por el que se establecieron los primeros lineamientos que garantizaron el ejercicio de este derecho asumió, con visión progresista, que la observación no podía circunscribirse a la jornada electoral, por lo que la amplió a todos los actos del proceso electoral.

​La formalización de la observación electoral dio un paso fundamental en la ruta de garantizar la vigilancia ciudadana en la organización de las elecciones, un eslabón más en la cadena virtuosa de la ciudadanización electoral que se sumó a procedimientos rigurosos para la integración de mesas directivas de casillas y a la designación de personas con reconocimiento social en los cargos de consejeros ciudadanos en los órganos electorales locales y distritales. Fue en 1994 cuando se inauguró esta figura, justo en las elecciones que registraron el terrible asesinato de Luis Donaldo Colosio, de Francisco Ruiz Massieu y la insurgencia del Ejército Zapatista de Liberación Nacional en el Estado de Chiapas.

​Esas elecciones son paradigmáticas porque registran la implementación de procedimientos que se han depurado en el tiempo para ofrecer las mejores garantías de certeza y confiabilidad en la organización de los procesos electorales, entre otros, la doble insaculación para la integración de las mesas de casillas, la producción de boletas electorales en papel seguridad y con un talón foliado, padrón confiable, la tinta indeleble, programas de información sobre el desarrollo de la votación y para la presentación oportuna de resultados electorales, todo auditado por la visión de los observadores nacionales, pero también internacionales bajo la figura de visitantes extranjeros invitados, incorporada a la legislación en la reforma de mayo de 1994.

​Ampliar la observación electoral a todos los actos del proceso electoral fue una de las decisiones más progresistas de la época, sobre todo por la relevancia que tiene para un país que vivía un entorno político convulso. Así, la observación no debía limitarse a revisar si la autoridad generaba condiciones adecuadas para la recepción y contabilidad de los votos, sino que también abrió la puerta para que la ciudadanía, individual o colectivamente, pudiera revisar las condiciones de la competencia entre los actores políticos, si había o no, equidad y posibilidades reales de competir por el poder, sintetizando con una parábola: desde 1994 la ciudadanía tiene el derecho institucionalizado de observar cómo se organizan las elecciones por la autoridad, cómo compiten los actores, quién cruza la meta primero y en qué condiciones lo hace.

​Como figura ciudadana, la observación electoral no debe ser pervertida por los actores políticos ni utilizada de manera ilegal, no puede ser utilizada para atacar a los adversarios o para coordinar acciones de campaña. Esta figura, hay que enfatizarlo, es de carácter ciudadano, corresponde a un derecho de la ciudadanía; por ello, la decisión reciente del INE de emitir lineamientos y convocatorias, se dio en el marco de una enorme polémica, en la que algunos actores políticos señalaron que durante las elecciones judiciales de 2025, personas que se desempeñan como servidores de la nación y que tienen a su cargo la entrega de beneficios de programas sociales se registraron como observadores y fueron señalados de operar la estrategia de los acordeones.

​Mi opinión es que la observación electoral, en tanto es un derecho de la ciudadanía, debe preservarse para dar certeza y transparencia a los procesos democráticos de renovación del poder. Su contribución está en aportar a la legitimidad de las elecciones advirtiendo sobre posibles irregularidades o comportamientos, de actores y autoridades, que pudieran apartarse de la ley o, al contrario, testificando que las elecciones transcurren adecuada e imparcialmente. La observación electoral es, esencialmente, un canal para ampliar la participación de las y los electores en el escrutinio público de los comicios. 

Exmagistrada y especialista en materia electoral

@YurishaAndrade