Los gobiernos de coalición como opción .

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El entorno político del país y algunos escenarios derivados de procesos electorales de los últimos nueve años, permiten reflexionar sobre la necesidad de lograr mejores condiciones para la gobernabilidad del país y de nuestras entidades federativas, en particular, sobre la modalidad de los gobiernos de coalición establecida como opción mediante adiciones a la Constitución en 2014, cuando se agregó la fracción XVII del artículo 89, por la cual se estableció la facultad del presidente de la república para formalizar un gobierno de coalición con uno o más partidos que tengan representación en las cámaras del congreso, conforme con la redacción siguiente:

“En cualquier momento, optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión. El gobierno de coalición se regulará por el convenio y el programa respectivos, los cuales deberán ser aprobados por mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores. El convenio establecerá las causas de la disolución…”. Si bien es una modalidad que, con sus matices, se retomó de sistemas europeos de corte parlamentario, en México, aunque se elevó a rango constitucional, aún no se inaugura en el ámbito federal.

Para evitar confusiones, lo primero es delinear conceptualmente el término y separarlo de figuras que significan alianzas políticas en los procesos comiciales.Así, conforme con la normativa prevista en la Constitución y en las leyes electorales, locales y federales, las coaliciones partidarias constituyen una forma legal que los partidos pueden suscribir por la vía de un convenio para postular candidatos a los cargos de elección popular, pudiendo ser totales, parciales o flexibles; su vigencia se restringe solo a la duración de los procesos electorales y casi nunca condiciona la integración de los aparatos de gobierno ni obliga a formar alianzas parlamentarias, aún y cuando encontremos ejemplos como el del Partido Morena que de facto funciona en alianza con los partidos del Trabajo y Verde Ecologista.

El gobierno de coalición, en cambio, está previsto como una opción que, de manera posterior a las elecciones, puede utilizar el presidente para compartir las responsabilidades de gobierno con otras fuerzas políticas. Su formalización depende de un convenio que debe contener un programa y debe aprobarse por mayoría simple de las y los integrantes de la cámara de senadores, para ejecutarse por el gabinete que acuerden los partidos políticos coaligados. En suma, conforme con esta modalidad, los partidos participantes acuerdan una agenda legislativa y políticas públicas específicas.

La fortaleza que diversos especialistas encuentran en los gobiernos de coalición radica en que las mayorías parlamentarias construidas en torno a un programa y orientaciones compartidas, despresuriza a los gobiernos que se ejercen con el apoyo solo del partido que gana las elecciones, pues bajo este esquema las responsabilidades se comparten con otras fuerzas políticas, que se suman en una sola estrategia de gestión y de legitimación pública.

Hemos visto ejemplos recientes de gobiernos que pertenecen a un partido distinto al de la mayoría parlamentaria, lo cual genera diversas tensiones y, en ciertos casos, hasta parálisis gubernamental, porque no se aprueban cambios legislativos o los presupuestos requeridos para ejecutar las políticas públicas. Un ejemplo reciente está en las elecciones locales del segundo trienio del gobernador José Rosas Aispuro de extracción panista, cuyo partido solo conservó 5 diputaciones locales y los partidos opositores, en su conjunto, obtuvieron 20 de 25. En el mismo sentido, en su momento, el presidente Felipe Calderón declaraba constantemente que no podía concretar diversas reformas estructurales requeridas por su gobierno, porque no tenía mayoría en las cámaras.

Como estudiosa del derecho constitucional, considero que los problemas de gobernabilidad que gobiernos federales y locales enfrentan en nuestro país podrían explorar esta opción. Más aún si consideramos entornos políticos plurales y diversos, donde una visión única para integrar políticas públicas ya no pareciera ser una fórmula eficaz para diseñar e implementar soluciones a problemas que necesitan el acompañamiento de todas o de varias fuerzas políticas, sin embargo, si observamos que después de la reforma constitucional de 2014, en algunas entidades federativas se empieza a legislar en ese sentido, como el caso reciente del Estado de México, mientras que en la academia se avanza en el estudio de los dilemas que esta modalidad implica.

Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

@YurishaAndrade