La consulta popular, un mecanismo de democracia directa
Yurisha Andrade Morales*
De entre los múltiples elementos que definen a una democracia, la participación ciudadana ocupa un lugar central. Prácticamente, es imposible hablar de democracia sin tener presente este elemento. Si bien es cierto que no son vocablos sinónimos, sí están profundamente implicados.
En las democracias modernas es común discutir sobre los modos en que los ciudadanos deben hacerse presentes en los asuntos públicos. De hecho, la ciencia política ha utilizado la noción de cultura política, para describir la forma en que éstos están familiarizados e involucrados con las decisiones que toman sus gobiernos.
Recordemos que en la década de los 60´s, los investigadores norteamericanos Gabriel Almond y Sidney Verba emprendieron un estudio comparativo a nivel internacional sobre el tema de la cultura política. Estos politólogos clasificaron tres tipos de cultura política asociados a distintos modos de participación ciudadana, con los cuales pretendieron describir los comportamientos de esta índole de los miembros de una sociedad: parroquiales, de súbdito, participativos (democráticos).
Almond y Verba sostenían que había una relación causal entre cultura y democracia. Esto quiere decir que el comportamiento político de los individuos influye en el desarrollo de un régimen democrático. Por eso, para estos politólogos lo más importante para caracterizar un régimen democrático, era constatar que los ciudadanos mantenían patrones de comportamiento congruentes con una cultura cívica.
Ahora bien, desde otro ángulo, se puede afirmar que el modo como se da esta participación, define el tipo de democracia que se está llevando a cabo: directa o representativa.
La democracia representativa es aquella en la cual los ciudadanos acuden a las urnas para elegir, como su nombre lo indica, a quienes los representarán en los cargos llamados de elección popular. Por su parte, grosso modo, la democracia directa está pensada con el propósito de dar salida a alguna situación o problemática significativa que, dada su naturaleza, requiere la deliberación conjunta de la sociedad.
Los expertos, como Jean-Franҫois Prud´Homme, investigador del Colegio de México, advierten que la democracia directa permite discutir cualquier tipo de problema político más allá de las limitaciones impuestas por las rivalidades partidistas. También favorece un tipo de gobierno más cercano a la ciudadanía, obligando a los representantes a responder a las demandas populares no solamente en los momentos electorales. Asimismo, contribuye a la educación y a la socialización política, en tanto son medios de expresión de la voluntad popular.
Uno de esos mecanismos de la democracia directa, es la Consulta Popular. En el caso de México, éste es un derecho constitucional en el que los ciudadanos votan sobre temas de trascendencia nacional. Es vinculante y, en este sentido, incide en el debate y las decisiones que adoptan los órganos representativos del Estado.
La Constitución señala, en su artículo 35, fracción VIII, numeral primero, que las consultas populares deben ser convocadas por el Congreso de la Unión a petición de: 1) el Presidente de la República; 2) el equivalente al 33% de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión; o 3) los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al 2% de los inscritos en la lista nominal de electores.
Asimismo, en ese mismo artículo y fracción, pero en el numeral tercero, advierte que “no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, ni las garantías para su protección; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular; la materia electoral; el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación; las obras de infraestructura en ejecución; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente”.
Como es sabido, el próximo domingo 1 de agosto, las mexicanas y los mexicanos acudiremos nuevamente a las urnas, pero ahora con un propósito distinto a la elección de representantes populares. La intención es que la ciudadanía muestre su aprobación o rechazo a que sean llevadas acciones para el esclarecimiento de decisiones políticas tomadas en el pasado por servidores públicos, específicamente, por los últimos cinco expresidentes del país: Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto. Todo ello con apego al marco legal.
De manera puntual, la pregunta que determinó la Suprema Corte de Justicia de Nación y que será sometida a consideración del electorado se enuncia de la forma siguiente:
¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?
En los últimos años, nuestra democracia ha experimentado acontecimientos que la han fortalecido. Es cierto, sin duda, que aún hay tópicos que requieren revisión, pero a la fecha contamos con instituciones sólidas que garantizan un verdadero Estado de Derecho, como los órganos autónomos electorales.
En esta Consulta Popular tendremos la oportunidad, nuevamente, de abonar a la profundización democrática y decidir sobre temas cruciales para la transformación de México. Sea cual sea nuestra repuesta, es importante participar en ella, máxime cuando el INE está destinando valiosos recursos, económicos y humanos, para realizar y garantizar este derecho constitucional.
*Magistrada Presidenta del Tribunal
Electoral del Estado de Michoacán
@YurishaAndrade