Declaración Especial de Ausencia, a tres meses de desaparición: Margarita López

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Morelia, Michoacán, 24 de febrero de 2022. Con la finalidad de reducir a tres meses el tiempo para solicitar una Declaración Especial de Ausencia de la persona desaparecida y así brindar protección jurídica a los familiares en menor tiempo, la diputada Margarita López Pérez presentó una Iniciativa de Ley.

Al pleno del Congreso Estatal llevó la legisladora la propuesta para crear la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas del Estado de Michoacán, que establece un procedimiento especial que permite reducir, de manera sustancial, los plazos previstos en el Código Familiar, cuando existe una investigación en la Fiscalía Especializada.

Es decir, dicho procedimiento de Declaración Especial de Ausencia podrá solicitarse a partir de los tres meses de que se haya presentado la Denuncia de Desaparición y que ésta se encuentre abierta ante la Fiscalía, ya que actualmente se debe esperar mínimo seis meses para iniciarlo, ante cualquier causa de ausencia.

Para ese fin, se vincula a la  Fiscalía Especializada, a la Comisión Estatal de Búsqueda y a la Comisión Estatal de Atención a Víctimas, de manera obligatoria a informar de oficio sobre el procedimiento y los efectos de la Declaración Especial de Ausencia a los familiares o sus representantes legales, así como a la persona que tengan una relación sentimental afectiva inmediata y cotidiana con la persona desaparecida, en el término de tres días hábiles.

Además, en esta iniciativa de Ley se señalan efectos de protección hacia la persona desaparecida, los familiares o personas legitimadas por ley, es decir, “podemos lograr mediante este instrumento jurídico, una protección integral expedita, para que el órgano jurisdiccional reconozca, proteja y garantice la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la Persona Desaparecida en menor tiempo, brindando certeza jurídica en la representación de los intereses y derechos de la Persona Desaparecida, así como el otorgamiento de medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a los familiares”, explicó la legisladora.

Margarita López argumentó que se precisa que en el ejercicio de los derechos y garantías de la persona desaparecidas, familiares y personas legitimadas, las autoridades involucradas en el procedimiento de Declaración Especial de Ausencia, se conducirán sin distinción, exclusión o restricción motivada por origen étnico o nacional, sexo, discapacidad, condición social, económica o de salud, embarazo, lengua, religión, opinión, preferencia sexual, identidad de género, estado civil o cualquier otra que tenga por efecto impedir, anular o menoscabar el reconocimiento o el ejercicio de los derechos humanos y la igualdad real de oportunidades de las personas, a fin de evitar la revictimización.

Mientras que el Juzgado Familiar que conozca de un procedimiento de Declaración Especial de Ausencia, debe suplir la deficiencia de los planteamientos consignados en la solicitud, con lo que se busca que dicho procedimiento sea afable y de fácil acceso.

De igual manera, se podrán solicitar que la Comisión de Víctimas asigne a un Asesor Jurídico para realizar la solicitud de Declaración Especial de Ausencia, así como las medidas de asistencia y protección necesarias a los familiares durante el procedimiento.

La diputada externó desde la tribuna su solidaridad con todas las personas que sufren o han sufrido la ausencia de un ser querido, porque “me queda muy claro que la creación de leyes como ésta no alivia, ni quita la angustia y dolor de tener ausente a un ser amado, pero estoy convencida que todo lo que hagamos en favor de quienes pasamos por esta tragedia, colaboramos con nuestro granito de arena para que muchas familias recuperen su tranquilidad”.

Por eso, apeló a la sensibilidad de quienes tengan la responsabilidad de dictaminar, para que esta Ley esté lo más pronto posible aplicándose en favor de quienes tengan la mala fortuna de sufrir una desgracia como ésta y que dicho calvario sea menos cruel al buscar el amparo y protección de la justicia.