A nueve años de la reforma constitucional en derechos humanos, el tema de Yurisha Andrade

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A nueve años de la reforma constitucional en derechos humanos

Yurisha Andrade Morales*

El pasado 10 de junio se cumplieron nueve años de la reforma constitucional más importante en nuestro país en materia de derechos humanos. Ésta fue publicada cuatro días después de la reforma en materia de amparo que lo convirtió en una garantía jurisdiccional de los derechos humanos, estableciendo su procedencia contra actos, leyes u omisiones de autoridad que violen derechos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales de los que México sea parte.

            En 2011, veintiún años después de crearse la primera Comisión Nacional de Derechos Humanos en México, se modificaron once artículos constitucionales (1º, 3º, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105). Los principales cambios que se produjeron fue transformar la denominación del Capítulo I, Título Primero para pasar de “De las garantías individuales” a “De los derechos humanos y sus garantías”; reconoció constitucionalmente a los derechos humanos contenidos en tratados internacionales al mismo nivel que los consagrados en la norma fundamental; estableció un nuevo sistema de control constitucional-convencional en México; introdujo el principio pro persona; instituyó la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; consagró los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos; constriñó al Estado a prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones e impartir educación fomentando el respeto a los derechos humanos; y, prohibió la discriminación por motivo de preferencias sexuales.

            Además, reconoció el derecho al asilo y refugio; prohibió la celebración de convenios o tratados que alteren los derechos; estableció la organización del sistema penitenciario sobre la base del respeto a los derechos humanos; reguló un nuevo régimen de suspensión y restricción de derechos y garantías; otorgó el derecho de audiencia a las personas extranjeras sujetas al proceso de expulsión; obligó al Poder Ejecutivo, en la conducción de la política exterior, a observar los principios de respeto, protección y promoción de los derechos humanos; suprimió la facultad de investigación de violaciones graves de derechos humanos de la Suprema Corte de Justica para otorgárselas a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, facultándola también para interponer acciones de inconstitucionalidad; dotó al Ombudsman de mayor autonomía y amplió su competencia a la materia laboral.

            Asimismo, el 10 de junio, pero de 2005 se reconoció la Lengua de Señas Mexicana como lengua nacional que utiliza la comunidad de sordos mediante una serie de signos gestuales articulados con las manos y acompañados de expresiones faciales, mirada intencional y movimiento corporal, dotados de función lingüística, formando parte del patrimonio lingüístico de dicha comunidad al ser tan rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral.

El mismo día, pero de este año, se publicaron los Lineamientos para la implementación y el desarrollo del juicio en línea en materia electoral, respecto de los recursos de reconsideración y de revisión del procedimiento especial sancionador emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, atendiendo al derecho de acceso a la justicia pronta, completa e imparcial contemplado en el artículo 17 constitucional.

En la misma fecha, la Suprema Corte ordenó al Senado crear la Ley de Consulta Indígena y afromexicana, estableciendo los requisitos mínimos de su contenido, evitando la simulación, coadyuvando al diálogo intercultural entre el gobierno federal y los pueblos y comunidades indígenas, protegiéndolos mediante la consulta previa.

Podríamos considerar el 10 de junio como una fecha emblemática en el progreso de los derechos humanos, por las transformaciones que han trascendido en diversos ámbitos, entre ellos, la impartición de justicia, en materia electoral y de amparo, coadyuvando al reconocimiento de los derechos de toda persona e inclusión de grupos en situación de desventaja, como lo han sido las personas con discapacidad y los pueblos y comunidades indígenas. Aun queda mucho por hacer, es obligación de todos reconocerlos, respetarlos y protegerlos para lograr un desarrollo integral y una mejor organización, equilibrio y control social.

* Magistrada del Tribunal Electoral

del Estado de Michoacán

@YurishaAndrade