Logra CMASC Acuerdos Reparatorios en Ario y Tacámbaro

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En el marco de  las jornadas de trabajo, difusión y capacitación, que realiza la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), con el objetivo de acercar a la ciudadanía, mecanismos de acceso a la justicia, para la solución de conflictos, este día, a través del Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (CMASC) se lograron concretar 3 Acuerdos Reparatorios, beneficiando a 7 personas. 

Como parte de estas jornadas denominadas “El Acceso a la Justicia a través de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias”, realizadas en esta ocasión en los municipios de Tacámbaro y Ario, el equipo de facilitadores, validadores y directivos que encabeza la Coordinadora del CMASC, Marisol Moreno Álvarez, logró recuperar con estos Acuerdos Reparatorios, una importante suma monetaria por concepto de pago por reparación del daño. 

Marisol Moreno Álvarez Álvarez, coordinadora del CMASC, explicó que cada uno de estos Acuerdos fue debidamente validado, y, mencionó que durante esta jornada fueron atendidas 22 personas, lo que refrenda el compromiso de la institución por acercar a la ciudadana estos servicios de acceso a la justicia, además de significar que poco a poco, el conocimiento respecto a estos mecanismos ha ido en aumento, para el bien de la ciudadanía. 

Durante el desarrollo de esta jornada de trabajo, se llevaron a cabo actividades de difusión en las oficinas del ayuntamiento, así como del Hospital General “María Zendejas” de Tacámbaro, a las que asistieron profesionistas en Derecho y trabajadores municipales, así como personal del Hospital, respectivamente.

Como parte de estas capacitaciones, las y los ponentes resaltaron la importancia de que la ciudadanía conozca sobre los mecanismos Alternativos, como una opción para dar solución a sus denuncias. 

El Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales, establece que los acuerdos reparatorios son aquéllos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de control y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.

Asimismo, en su Artículo 188, se establece que éstos procederán desde la presentación de la denuncia o querella hasta antes de decretarse el auto de apertura de juicio. 

En el caso de que se haya dictado el auto de vinculación a proceso y hasta antes de que se haya dictado el auto de apertura a juicio, el Juez de control, a petición de las partes, podrá suspender el proceso penal hasta por treinta días para que las partes puedan concretar el acuerdo con el apoyo de la autoridad competente especializada en la materia.