“La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió la demanda presentada por el INE en contra de las reformas legales que modifican tanto su estructura como sus procedimientos y concedió la suspensión solicitada”, de acuerdo a información generada por la SCJN y publicada en redes sociales.
Por medio de un comunicado del Poder Judicial, se confirmó que el ministro Javier Laynez Potisek, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), otorgó la suspensión en contra del Plan B del presidente Andrpés Manuel López Obrador,
Es decir, con respecto a todos los artículos modificados de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
¿Qué significa este resolutivo?
No se puede modificar el esquema de organización del INE, es decir, se suspenden todos los despidos masivos que se iban a aplicar en los órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia.
El INE podrá conservar su personal “a nivel central y delegacional”.
Las prestaciones laborales de los trabajadores del órgano electoral no podrán ser ‘tocadas’
El titular de la Secretaría Ejecutiva del INE, Edmundo Jacobo Molina, no podrá ser cesado.
El INE no está obligado (por ahora) a emitir un nuevo estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional “que tenga como objetivo unificar sus dos sistemas: del Instituto y de los organismos públicos locales”.
Se pausa la extinción de los fideicomisos de pasivo laboral y de infraestructura inmobiliaria del INE.
CON INFORMACIÓN DE LA SCJN y EL FINANCIERO