La CEDH abre investigación por contaminación del Río Lerma en La Piedad

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Morelia, Michoacán; 16 de enero de 2020. La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) inició una investigación de oficio por la afectación a la salud de la población, derivada de la contaminación del Río Lerma en el municipio de La Piedad.  

Por instrucción del encargado del Despacho de la Presidencia, Uble Mejía Mora, el visitador Regional de Zamora, Víctor Villanueva Hernández, inició la queja ZAM/016//2020 por violación al derecho a la protección de la salud,  a la preservación y mejoramiento del medio ambiente y al disfrute de un medio ambiente sano.

De acuerdo a publicaciones periodísticas vecinos de la colonia Cuatro Milpas, denunciaron públicamente la mortandad de peces y los olores fétidos que se registran en la zona por la contaminación de río.

Según declaraciones del presidente de la Asociación Salvemos al Lerma, la localidad es el epicentro de padecimientos de leucemia y cáncer infantil, así como de neurocisticercos.

El derecho a la conservación del medio ambiente es la prerrogativa de todo ser humano a disfrutar de un medio ambiente adecuado para su desarrollo y su bienestar; implica la obligación del Estado a llevar a cabo las conductas tendientes a impedir la incidencia negativa, o fomentar la incidencia positiva de los componentes físicos, químicos, biológicos y sociales en los seres vivos y en las actividades humanas; así como para crear y mantener la infraestructura de servicios necesaria para la protección y conservación ambiental.

Es un derecho establecido en el DESCA (Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales) que se refiere a aquellos derechos que posibilitan a las personas y sus familias a gozar de un nivel de vida adecuado.

Estos derechos están también consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) adoptado por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966.

La queja será turnada a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por la acción u omisión de autoridades no solo del ámbito estatal y local, sino también federal; para la atención de esta problemática.